¿Tiene problemas con otra parte que no cumple con una sentencia extranjera? En Boyer Law Firm, P.L le podemos ayudar. La aplicación de órdenes extranjeras requiere el conocimiento de fallos de caso federales y estatales, actos federales y estatales, y la ley estatal. Los abogados extranjeros del juicio son familiares con navegar sistemas de tribunal sin leyes federales que gobiernan esta área legal única. No existen tratados ni acuerdos sobre sentencias.
El derecho consuetudinario y el estado en el que usted vive establecen los requisitos para ejecutar órdenes judiciales de otros países. Si tiene una sentencia de un estado o país distinto al de su residencia, infórmese en esta guía sobre las leyes que rigen la ejecución.
Adopción de Leyes Modelo de Reconocimiento
La mayoría de los estados y el Distrito de Columbia han adoptado versiones de la Ley Uniforme de Reconocimiento de Sentencias Monetarias Extranjeras de 1962 y de la Ley Uniforme de Reconocimiento de Sentencias Monetarias Extranjeras de 2005.
En marzo de 2022, el Distrito de Columbia y 28 estados habían adoptado la Ley de 2005. Otros nueve estados utilizan la Ley de 1962. Los 13 estados restantes utilizan el derecho común estatal y la opinión del Tribunal Supremo en Hilton v. Guyot, 159 U.S. 113 1895) para tomar determinaciones.
Los Estados que utilizan el derecho consuetudinario para determinar la ejecución de sentencias extranjeras recurren al Tercer Restatement de la Ley de Relaciones Exteriores de los Estados Unidos y a Hilton para tomar su decisión.
Las conclusiones del Tribunal Supremo en el caso Hilton fueron que la ejecución y el reconocimiento de las sentencias extranjeras se rigen por los principios de la cortesía internacional. Una vez que una persona recibe un juicio justo y completo en un país extranjero, no hay razón para emprender más acciones en Estados Unidos.
La sentencia del caso Hilton se acogió al derecho consuetudinario y no recibió consideración vinculante. La consideración vinculante procede de Erie Railroad Co. v. Tompkins (1938). El dictamen Erie establece los estados que rigen el reconocimiento y la ejecución de sentencias extranjeras.
Los abogados especializados en Sentencias Extranjeras están familiarizados con las Leyes y las sentencias judiciales que sientan precedente. Saben cómo obtener el reconocimiento y la ejecución de sentencias conforme a la ley.
Requisitos para el Reconocimiento
Los dos actos de reconocimiento se aplican a las resoluciones que deniegan o conceden la recuperación de dinero. Los actos uniformes no se aplican a resoluciones monetarias específicas, entre las que se incluyen:
- Resoluciones fiscales
- Sentencias por multas y sanciones
- Sentencias de derecho de familia
Los requisitos para el reconocimiento incluyen que la orden sea concluyente, definitiva y ejecutable en el país emisor. EE.UU. puede suspender una demanda que solicite el reconocimiento si hay un recurso pendiente en el país emisor.
Una sentencia extranjera puede ser reconocida y ejecutada en EE.UU. a menos que cumpla los requisitos para no ser reconocida.
Motivos de no Reconocimiento
Las Actas Uniformes establecen los motivos de no reconocimiento. Los motivos pueden ser obligatorios o discrecionales.
Cuando los tribunales determinan un motivo de denegación discrecional, normalmente deniegan el reconocimiento. La excepción es si el proceso legal extranjero debería haber establecido los mismos motivos.
Los tribunales estadounidenses no pueden reconocer sentencias extranjeras si el sistema legal que emite la sentencia no proporciona tribunales imparciales o procedimientos compatibles con el debido proceso legal. Esto requiere examinar la totalidad del sistema judicial del país extranjero.
Un tribunal estadounidense no puede reconocer la sentencia si un tribunal extranjero carece de jurisdicción personal o sobre la materia. A la hora de tomar esta decisión, los tribunales se basan en las normas constitucionales estadounidenses. La sección cinco de cada Acta Uniforme incluye una lista para determinar la competencia personal.
La mayoría de los tribunales de EE.UU. no cuestionan la legislación extranjera en relación con la competencia en razón de la materia. La denegación puede producirse si los tribunales de EE.UU. tienen competencia exclusiva en la materia en virtud de la legislación estadounidense. Otras razones para denegar el reconocimiento son las siguientes:
- Falta de notificación al demandado con tiempo suficiente para defenderse
- Sentencia por fraude debido a la denegación de la oportunidad de presentar su caso
- Sentencia extranjera contraria al orden público estatal o federal
- Conflicto con otra sentencia firme
- Conflicto con una cláusula de resolución de litigios entre las partes
- El tribunal extranjero es un foro gravemente inconveniente
- Duda sustancial sobre la integridad del tribunal que dicta la sentencia
- Falta de garantías procesales por procedimientos fundamentalmente injustos
La reciprocidad a las resoluciones judiciales de EE.UU. no es motivo de denegación en virtud de las Leyes Uniformes. Los estados de Arizona, Florida, Maine, Massachusetts, New Hampshire, Ohio y Texas utilizan la reciprocidad para denegar el reconocimiento de sentencias.
Esto no significa que ese país deniegue el reconocimiento de una resolución judicial estadounidense. Se trata de la forma en que ese país suele tratar las resoluciones judiciales estadounidenses.
Si tiene dudas, hable con un abogado especializado en sentencias extranjeras sentencias extranjeras para determinar la probabilidad de reconocimiento en su caso.
La Ley SPEECH
Esta Ley, aprobada por el Congreso en 2010, regula la ejecución y el reconocimiento de las sentencias extranjeras por difamación. La Ley especifica que los tribunales estatales y federales no pueden ejecutar ni reconocer sentencias extranjeras por difamación.
La única excepción a esta norma es si la persona que se opone al reconocimiento sería responsable según las normas constitucionales de las demandas por difamación en EE.UU.
La SPEECH Act es la única excepción a que los estados controlen la ejecución y el reconocimiento de las sentencias extranjeras.
Ley de Sentencias Extranjeras de Florida
En Florida, las sentencias extranjeras incluyen las de otros estados y países extranjeros. Las normas para el reconocimiento y la ejecución se describen en §55.604 de los Estatutos la Florida de los estatutos de Florida.
La Ley de Ejecución de Sentencias Extranjeras de Florida permite a cualquier persona que necesite ejecutar el cobro de una sentencia extranjera emitir una Orden Judicial de Ejecución. Se trata de una orden judicial para la ejecución de una sentencia. La presentación de la orden judicial debe realizarse en el mismo condado en el que se haya registrado la sentencia.
Si desea obtener una reparación judicial o ejecutar la sentencia, debe presentar la demanda ante el Tribunal Civil. Para la ejecución, debe aportar lo siguiente:
- Una copia certificada de la sentencia extranjera
- Declaración jurada del titular de la sentencia con la última dirección conocida del deudor, del acreedor de la sentencia y del abogado de los acreedores
- Notificación al deudor de la sentencia
- Tasas de presentación
- Sobre con la dirección y el franqueo para que el tribunal devuelva la sentencia registrada
Una Orden Judicial de Ejecución sólo puede emitirse 35 días después del envío por correo de la notificación del reconocimiento de la sentencia por parte del tribunal. La orden judicial se emite si el deudor no presenta ninguna impugnación de la sentencia.
El acreedor que registra la sentencia debe hacer un seguimiento del periodo de impugnación de 35 días. Es su responsabilidad volver al tribunal y solicitar la emisión de la orden judicial.
Recurra a un abogado especializado en sentencias extranjeras para garantizar la correcta realización de todos los pasos en tiempo y forma. Estarán familiarizados con el proceso legal y la preparación adecuada de documentos, evitando que su asunto sea desestimado por incumplimiento de los requisitos legales.
Prescripción
Dos casos proporcionan conclusiones tras la controversia sobre un plazo de prescripción en virtud de la Ley de Ejecución de Sentencias Extranjeras de Florida.
Le Credit Lyonnais, S.A. v. Nadd, 741 So. 2d 116, 1168-1172 (Fla. 5th DCA 1999) trata la cuestión de si se aplica un estatuto de prescripción de cinco o veinte años al reconocimiento y ejecución de sentencias extranjeras.
La conclusión del tribunal de apelación es que el estatuto de cinco años no se aplica al registro, presentación y registro de sentencias extranjeras. El análisis del tribunal apoya un estatuto de 20 años coherente con la Cláusula de Plena Fe y Crédito de la Constitución de EE.UU., Art. IV §1 de la Constitución de EE.UU. y 28 U.S.C. §1738.
En el caso del Tribunal Supremo de Florida Watkins v. Conway, 385 U.S. 188 (1966), el tribunal considera que la aplicación de F.S. §55.081 con un plazo de prescripción de 20 años es necesaria para que el registro de una sentencia extranjera en virtud de la Ley sea conforme con la Cláusula de Plena Fe y Crédito.
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