Pasos para Domesticar una Sentencia Extranjera en Florida: Guía para Propietarios de Empresas

En Estados Unidos, operan muchas corporaciones multinacionales (MNC). Aunque expandirse a diferentes mercados es clave, este crecimiento trae consigo desafíos importantes. Si su empresa obtuvo una sentencia en otro estado (o país) y el deudor o los activos están en Florida, el siguiente paso es la domesticación. Según las leyes de Florida, un “fallo extranjero” incluye sentencias de otros estados y del extranjero. Una vez domesticadas, estas sentencias se ejecutan como cualquier sentencia de Florida, permitiendo embargar salarios y confiscar activos.

Esta guía explica los pasos clave para ejecutar sentencias extranjeras:

  1. Comprender el marco legal
  2. Reunir la documentación requerida
  3. Presentar la documentación de domesticación
  4. Observar el período de espera de 30 días
  5. Manejar las posibles impugnaciones del deudor
  6. Certificación y ejecución
  7. Consideraciones para sentencias de países extranjeros
  8. Plazos y estatuto de limitaciones

Siga leyendo para aprender cómo domesticar una sentencia extranjera en Florida.

Florida maneja sentencias de otros estados de EE. UU. bajo la Florida Enforcement of Foreign Judgment Act (FEFJA), Secciones 55.501-55.509 de los Estatutos de Florida. Para sentencias de otros países, Florida aplica la Uniform Out-of-Country Foreign Money-Judgment Recognition Act, Secciones 55.601-55.607.

2. Reunir la Documentación Requerida

Obtenga una copia final y certificada de la sentencia extranjera. Si está en otro idioma, proporcione una traducción confiable al inglés con el monto en dólares estadounidenses.

Prepare una declaración jurada notariada con los nombres y direcciones del acreedor y deudor. Incluya sus datos de contacto.

3. Presentar la Documentación de Domesticación

Para sentencias de EE. UU., presente la solicitud en la oficina del secretario del condado de Florida donde el deudor reside o tiene activos. Presente la sentencia certificada y la declaración jurada.

El secretario registra los documentos y envía un aviso al deudor por correo certificado. También es recomendable que usted envíe una copia.

Tenga en cuenta que algunos condados de Florida pueden tener requisitos adicionales y tarifas específicas. Por ejemplo, Miami-Dade establece tarifas basadas en:

  • Monto de la sentencia
  • Tarifas de registro por página
  • Tarifas de preparación de avisos

4. Observar el Período de Espera de 30 Días

Después del aviso, Florida exige un período de espera de 30 días antes de que la sentencia sea ejecutable. Durante este tiempo, el deudor puede presentar impugnaciones.

5. Manejar las Posibles Impugnaciones del Deudor

Durante la ventana de 30 días, el deudor puede:

  • Presentar una demanda impugnando la jurisdicción, validez o carácter definitivo de la sentencia.
  • Registrar una Lis Pendens para notificar a terceros sobre la impugnación.

Si se presenta una impugnación, el tribunal debe suspender la ejecución. Sin embargo, puede exigir al deudor que deposite una garantía.

Los motivos de impugnación incluyen:

  • Falta de jurisdicción en el tribunal original.
  • La sentencia no es definitiva o está en apelación.
  • Fraude, colusión o violaciones del debido proceso.

6. Certificación y Ejecución

Si no hay impugnaciones, el secretario emite un certificado de no objeción. La sentencia se vuelve ejecutable en Florida, permitiendo:

  • Embargo de salarios
  • Embargo de bienes
  • Procedimientos complementarios
  • Acciones por transferencia fraudulenta

7. Para Sentencias de Países Extranjeros (Secciones 55.601-.607)

Estos casos son similares, pero requieren:

  • Presentar la sentencia extranjera certificada y la declaración jurada.
  • El secretario enviará el aviso, y el deudor tendrá 30 días para objetar.

Si se presentan objeciones, el tribunal las escuchará. Una vez reconocida (o sin objeciones), la sentencia se ejecutará como una sentencia de Florida.

8. Plazos y Estatuto de Limitaciones

Florida tiene un período de limitaciones de 20 años para ejecutar sentencias extranjeras. La sentencia debe ser domesticada antes de que caduque en su jurisdicción original.

Resumen de Pasos

Aquí hay un resumen rápido:

  • Identificar la ley: Sección 55.501-.509 (EE. UU.) y 55.601-.607 (países extranjeros).
  • Reunir documentos: Sentencia certificada, declaración jurada, traducciones.
  • Presentar documentos: Al secretario correspondiente con las tarifas.
  • Notificar al deudor: El secretario envía el aviso.
  • Esperar 30 días: El deudor puede impugnar.
  • Manejar objeciones: La ejecución puede suspenderse.
  • Obtener certificado: El secretario certifica si no hay objeciones.
  • Ejecutar sentencia: Utilizar las herramientas de Florida.
  • Vigilar plazos: Domesticar la sentencia antes de que caduque.

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Ejecución Confiable de Sentencias Extranjeras

La ejecución de sentencias extranjeras puede agilizarse. Sin embargo, debe seguir los pasos legales y los procedimientos de presentación. La FEFJA y la Ley de Reconocimiento de Sentencias Extranjeras requieren estricto cumplimiento.

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